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El Constitucional deberá decidir si los descendientes del exilio podrán votar el 29-N

RedacciónporRedacción
octubre 17, 2026
en Nacional, Sociedad
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El Constitucional deberá decidir si los descendientes del exilio podrán votar el 29-N
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Ángel Gabilondo recurre la decisión del Supremo que mantiene suspendido el sufragio de hasta 163.020 españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática.

La posibilidad de participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre ha quedado pendiente de una nueva decisión judicial para miles de ciudadanos españoles residentes fuera del país. El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha acudido al Tribunal Constitucional para solicitar que se revise la suspensión del derecho al voto de quienes adquirieron la nacionalidad por la denominada ley de nietos y reclamar una resolución urgente antes de la cita electoral.

El recurso de amparo llega después de que el Tribunal Supremo ratificara el 12 de octubre las restricciones cautelares sobre las inscripciones electorales de este colectivo. La medida puede afectar a un máximo de 163.020 personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). No obstante, quienes acrediten ante un consulado que cumplen los requisitos legales podrán ejercer su derecho al sufragio.

La controversia gira en torno a la interpretación de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022 para facilitar el acceso a la nacionalidad a descendientes de españoles exiliados por motivos políticos, ideológicos, religiosos o vinculados a la orientación o identidad sexual. El conflicto se intensificó después de que una instrucción administrativa extendiera la consideración de exiliados a quienes abandonaron España entre julio de 1936 y diciembre de 1955, sin exigir que la salida hubiera obedecido necesariamente a esas causas.

El Supremo cuestiona que esa interpretación se ajuste a los límites de la norma y considera necesario preservar la fiabilidad del censo electoral. Por ello, ha mantenido la suspensión mientras se examina la validez del procedimiento empleado para determinadas inscripciones. La decisión, sin embargo, no anula las nacionalizaciones concedidas ni supone la pérdida de la ciudadanía española: la controversia afecta al ejercicio del voto en los próximos comicios.

La Abogacía del Estado y la Fiscalía habían defendido el levantamiento de la medida, alegando que revisar individualmente los expedientes antes de las elecciones resultaba materialmente inviable. También advirtieron de las consecuencias que tendría impedir la participación electoral de ciudadanos que ya han obtenido la nacionalidad. El alto tribunal rechazó esos argumentos al considerar que no se había acreditado suficientemente la depuración del censo.

Gabilondo ha presentado su recurso tras recibir peticiones de particulares y entidades preocupadas por la exclusión electoral. Su solicitud pretende que el Constitucional examine la interpretación judicial y adopte medidas cautelarísimas que permitan a los afectados votar si así lo desean.

La resolución deberá llegar en un calendario especialmente ajustado, con la convocatoria electoral cada vez más próxima. El conflicto enfrenta la exigencia de garantizar un censo fiable con el derecho de los ciudadanos a participar en las elecciones, y su desenlace determinará si quienes no puedan acreditar a tiempo los requisitos exigidos dispondrán de alguna vía para ejercer el sufragio el 29 de noviembre.

Etiquetas: ConstitucionalexilioLey de nietos
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